El Gobierno ya ha dado luz verde a la esperada puesta en marcha del alquiler social, que permitirá a algunas personas, a partir de finales de marzo, salir de la situación económica a la que se han tenido que ver abocados una vez fueron desahuciados de sus casas, tras no poder afrontar el pago de sus hipotecas. Por ello, mucha gente en esa situación se estará preguntando qué requisitos debe reunir para acceder a ella, y cómo hacerlo.
Una vez puesto en marcha el Fondo Social de Vivienda, los bancos trabajan contrarreloj para poner a punto los pisos que cederán a personas desahuciadas, y en los que tendrán que invertir unos 3.000 euros de media por vivienda.
Dicho Fondo, está constituido con un total de 6.000 viviendas, que aportarán los bancos, y que no hayan aportado a la Sareb, es decir, al banco malo formado por los activos inmobiliarios de las distintas entidades bancarias. Para saber más sobre el denominado banco malo le recomendamos leer: Sareb.
Las viviendas en alquiler
- Las viviendas procederán de las entidades bancarias que no hayan hecho su traspaso a la Sareb (banco malo), que es la encargada de gestionar los activos tóxicos de los bancos.
- Los inmuebles pueden ser tanto de obra nueva, como de segunda mano, en cuyo caso, las entidades bancarias que los cedan deberán invertir en ellas, para dejarlas en perfecto estado y listas para su entrega a los nuevos inquilinos.
- Será el próximo 31 de marzo, cuando se realice la entrega de la primera promoción de alquileres, aunque las entidades podrán terminar todas las obras necesarias durante la primavera.
- El precio mensual a pagar en concepto de alquiler estará entre los 150 y los 400 euros, no pudiendo superar el 30% de la renta que obtenga la unidad familiar.
- Podrán permanecer en esta situación durante dos años, prorrogable por otro año más. Esta podrá ser cancelada antes de cumplir dicho plazo, sí la entidad detecta que las familias dejan de reunir los requisitos.
Requisitos para acceder al alquiler social
- La situación de las personas que quieran acceder a las mismas, será estudiada por los servicios sociales para garantizar que cumplen con los requisitos exigidos por el Gobierno.
- La selección será realizada por una comisión compuesta por representantes de las administraciones publicas y organizaciones no gubernamentales.
- Serán las diputaciones y ayuntamientos los que elaboren un informe sobre los solicitantes, una vez que las entidades les envién la información pertinente. Dicho informe deberán realizarlo en el plazo de 15 días.
- Sólo podrán optar a ellas, familias desahuciadas después del uno de enero de 2008.
- Los beneficiarios deberán poseer unos ingresos familiares que no superen en tres veces el IPREM, es decir, no superar los 19.164 euros anuales o los 1.597 mensuales, o que se encuentren en situación de vulnerabilidad social.
- Los beneficiarios no pueden tener una vivienda en propiedad.
Esta medida, es un primer paso para poner freno a la situación que muchas familias españolas están atravesando tras el estallido de la burbuja inmobiliaria, incapaces de hacer frente al pago de las asfixiantes hipotecas que firmaron en su momento. Sin embargo, no deja de ser insuficiente en cuanto sólo cubre a un número determinado de familias, muchas de ellas continuarán en la misma situación, y sólo tiene en cuenta a las desahuciadas a partir de 2008.
Interesante también conocer las ofertas y promociones para la venta de sus activos inmobiliarios que anuncian las entidades bancarias como chollos inmobiliarios, pero ante estos, es necesario extremar la precaución, por ello te recomendamos: ¿Nos engañan con los chollos inmobiliarios?