Derechos del consumidor en rebajas

Las rebajas es uno de los momentos álgidos de consumo. Mucha gente espera la llegada de las rebajas de invierno y de verano para hacer sus compras a precios más reducidos y todo pese a que los periodos de rebajas como tales ya no existen y los comercios tienen libertad para poner rebajas en cualquier fase del año.

REBAJAS

Esto también hace que las reclamaciones se disparen durante los periodos de rebajas y en la mayoría de los casos tienen que ver directamente con los derechos del consumidor.

En este sentido, antes de lanzarse a por gangas en búsqueda de ahorro, conviene conocer cuáles son los derechos del consumidor en rebajas. En principio, la ley no marca ninguna diferencia de derechos entre los periodos de rebajas y los denominados normales. Es decir, el consumidor disfruta de los mismos derechos en rebajas que fuera de ellas.

Los diferentes periodos de rebajas que establecen los comercios de nuestro país son sin duda buenos momentos para realizar compras. Sin embargo, no siempre tenemos claros nuestros derechos y obligaciones como consumidores en los periodos de rebajas.

Claro que esto no es difícil de entender si nos damos cuenta que tampoco los comerciantes en muchos casos llegar a tener claros estos derechos y obligaciones.

Como punto de partida general hay que saber que los periodos de rebajas no suponen en ningún caso ningún tipo de reducción de los derechos del consumidor ni de sus obligaciones. Se trata de un periodo comercial de bajadas de precios en el que los usuarios tienen absolutamente los mismos derechos que durante el resto del año. Pero también las mismas obligaciones. Esto es importante ya que las condiciones particulares de las operaciones comerciales a veces pueden llevar a malos entendidos, por ello, independientemente del momento en el que se realice la compra, sea rebajas o no, es básico consultar cuestiones como las posibilidades de devolución, las garantías y las opciones de reclamación.

Por tanto, cuando deseamos adquirir un producto en rebajas podemos hacerlo sobre el papel en las mismas condiciones que durante el resto del año, podemos utilizar tarjeta de crédito si así es posible durante el resto del año en ese comercio, podemos acogernos a la política de devoluciones del comercio, y por supuesto podemos utilizar las hojas de reclamaciones, etcétera.

Cosas que hay que saber sobre el periodo de rebajas

DERECHOS CONSUMIDOR REBAJASIndependientemente de si se trata de las rebajas de verano o invierno, hay que saber que la venta en las rebajas está regulada por la ley del comercio minorista. Esto supone que en rebajas se nos ofrece la venta de artículos que forman parte habitual del catálogo comercial del establecimiento a un precio menor del habitual.

También, si nos atenemos a la legalidad, un establecimiento comercial podrá avisar de su estado en rebajas cuando al menos la mitad de los productos comercializados se encuentra un precio menor del habitual. Es importante tener en cuenta que es obligatorio que en el producto rebajado aparezca el precio anterior junto al precio rebajado. La ley no obliga al comerciante a fijar períodos concretos de rebajas sino que le da libertad para hacerlo cuando lo considere más interesante desde el punto de vista, en cualquier caso la rebajas deben diferenciarse de otro tipo de acciones comerciales como los saldos, las liquidaciones o las promociones.

Cualquier artículo nuevo tendrá un periodo de garantía de dos años desde la fecha de compra y los artículos de segunda mano de un año. Estos plazos deben cumplirse siempre de manera independiente al momento de su adquisición según la ley.

También la ley recoge un periodo durante los seis primeros meses de la entregó al artículo en el que se entiende que cualquier anomalía o cualquier defecto que presente el producto por su fabricación u origen puede ser reclamado. Por tanto es básico mantener conservados los tickets y las facturas de compra tanto en periodo normal como en periodo de rebajas.

Sin embargo lo que no existe reconocido como tal más allá de la política de devoluciones de la firma comercial es la posibilidad transformada en derecho a devolución. Esto es así en las tiendas físicas y por tanto el derecho a devolución a una compra, si no presenta tara o fallo de fabricación, no existe como tal y depende de la política comercial de la firma.

Sin embargo, en las ventas que se realizan a distancia, bien por internet, bien por teléfono u otras opciones no presenciales, existe el que se denomina derecho de desistimiento. Este derecho consiste la posibilidad de devolución del artículo en 14 días desde que es recibido por el comprador que se considera que es a partir de ese momento cuando el comprador tiene la posibilidad de examinar el producto. En este supuesto el vendedor tiene la obligación de devolución del dinero cobrado por el producto en un plazo de 14 días desde la comunicación de la devolución. La no devolución del dinero puede acarrear sanciones como la indemnización al consumidor con el doble de la cantidad abonada por el artículo.

Merecen la pena las rebajas

Realmente no es una pregunta sencilla. A priori, al tratarse de un momento en el que los productos y servicios están rebajados del precio. Si es una buena idea aprovecharse de esta rebaja. Sin embargo, realmente no siempre se obtiene lo que se desea de las rebajas.

En primer lugar las rebajas son interesantes cuando realmente hay un producto que deseamos comprar y que obtenemos a menor precio del habitual de mercado. Esto choca de plano con el concepto de ir de búsqueda de chollos en las rebajas, ya que este tipo de compra compulsiva y poco meditada probablemente nos lleva a adquirir productos que no necesitamos, con lo cual desde luego el beneficio económico es poco o ninguno.

Por otro lado las rebajas son interesantes cuando realmente colocar precios rebajados de manera significativa sobre esos productos que deseamos. Hay que tener en cuenta que cualquier tipo de rebaja ya es válida para computar dentro de ese 50% de productos rebajados que debe tener el comercio para considerarse en época de rebajas. Esto quiere decir que, generalmente, una gran mayoría de los productos con mayor salida o potencial venta, presentan rebajas menores, en algunos casos poco significativas. De hecho rebajas que podemos encontrar a lo largo del año en otro tipo de promociones comerciales sin mayor problema.

Por tanto, teniendo claro lo que se desea adquirir y lográndolo a un precio significativamente más bajo del habitual las rebajas pueden tener sentido y merecer la pena. Como impulsor de compra compulsiva no necesaria, desde luego, merecen poco o nada la pena.

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COMPRAR EN REBAJAS

Derechos del consumidor en rebajas

La Oficina del Consumidor dispone de un apartado específico destinado a los derechos del consumidor donde se puede buscar la legislación al respecto. Según se explica, los derechos del consumidor en rebajas no varían respecto al resto del año, aunque sí las obligaciones de los comercios.

En este sentido, los establecimientos deben cumplir con determinadas normas adicionales durante el periodo del rebajas para no vulnerar los derechos del consumidor. Y es que en rebajas lo único que no se rebajan son los derechos del consumidor.

  • El comercio debe indicar de forma clara y visible las fechas de duración de la temporada de rebajas, que nunca serán inferiores a 15 días.
  • Al comienzo del periodo de rebajas deben estar rebajados por lo menos el 50% de los productos.
  • Los productos rebajados deben estar separados del resto e indicar claramente que se trata de un artículo rebajado.
  • Los artículos expuestos en rebajas deben de haber estado por lo menos durante un mes previo a la venta en la tienda.
  • La etiqueta debe reflejar el precio rebajado y el original o el porcentaje de rebaja en el artículo con su precio final.
  • La tienda debe admitir el pago con tarjeta de crédito si lo hace durante el resto del año y sin ningún tipo de recargo adicional respecto al resto del año. En realidad, deberá admitir los mismos medios de pago que durante todo el año. En caso contrario, deberá expresarse claramente y de forma visible en el establecimiento lo contrario.
  • La calidad de los productos en rebajas debe ser la misma que el resto del año.
  • La política de devoluciones debe ser la misma que durante todo el año y atenerse a las mismas normas. Por ley, las tiendas sólo están obligadas a aceptar la devolución de artículos en mal estado. En cuanto a la devolución a través de cambios, vales o dinero en efectivo debe seguirse la misma política que durante todo el año o expresarse claramente y de forma visible en el establecimiento lo contrario.
  • No hay por qué aceptar vales, cheques ni cambios cuando un artículo presenta un defecto y se puede exigir el abono de la compra, tanto si se pagó con tarjeta como si se hizo en efectivo.
  • La devolución de artículos adquiridos antes de las rebajas debe realizarse por el importe que figura en la factura y no por el importe rebajado. Es decir, la tienda debe reembolsa, hacer un vale… del importe que pagó en su día el comprador y no del nuevo importe del artículo en rebajas.
  • Hay que solicitar la factura o ticket al igual que el resto del año.
  • El establecimiento deberá contar con hojas de reclamación a disposición de los clientes, que además deben seguir un modelo específico.

Si un cliente cree que sus derechos han sido vulnerados, lo primero que debe hacer es tratar de solucionarlo dialogando en el propio establecimiento. En caso de que la solución no fuese satisfactoria la segunda vía es solicitar una hoja de reclamaciones que todo centro está obligado a tener. En teoría, el comercio deberá poner esas hojas de reclamación a disposición de los inspectores, pero siempre es más seguro hacerlo por uno mismo.

Sin embargo, no debemos perder de vista que en muchos casos simplemente ocurre que lo que compramos no es un artículo rebajado sino un saldo o una ganga. Puede parecer trivial pero no lo es, ya que en estos casos las garantías serán diferentes.

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