Vivienda de Protección Oficial (VPO): una posibilidad de adquirir viviendas

En España existen las viviendas de protección pública que son más baratas y están justamente destinadas a sectores de la población que no tienen recursos económicos suficientes para comprar un piso de precio libre.

Pero estas viviendas sociales son escasas, según datos el año pasado solo representaron un 7,7% del total de los 574.029 nuevos pisos que empezaron a construirse.

El gobierno nacional o las autoridades de la Comunidad son las encargadas de calificar a los inmuebles nuevos o de segunda mano, en vivienda protegida.

Cuando una vivienda es clasificada como VPO, tanto el constructor/promotor como el comprador reciben ciertos beneficios, a cambio de los cuales quedan sujetos a ciertas condiciones legales durante el tiempo de clasificación de la vivienda como VPO.

Así, el constructor se compromete a no vender la vivienda por encima de un precio máximo fijado por la administración. Estos precios suelen estar bastante por debajo de los precios de mercado. A cambio, recibe una serie de beneficios, incluyendo la financiación de una gran parte del proyecto (hasta el 80%) a un tipo de interés bajo. En ocasiones, la administración impone al constructor la edificación de VPO como condición para permitir la edificación de vivienda libre.

Por otro lado, el comprador obtiene una vivienda a un precio notablemente inferior al del mercado (en ocasiones también subvenciones económicas para la compra). A cambio, la vivienda tiene una normativa de uso y venta especial: primero, debe ser el domicilio habitual del comprador. Segundo, si el comprador quiere revender la vivienda, el precio está fijado por la administración, quien además posee derecho preferente de compra.

A su vez estas viviendas pueden clasificarse en Viviendas de Protección Oficial y Viviendas Sociales.

Algunas características que presentan las mismas son:

Viviendas de Protección Oficial: requisitos que deben cumplir:

Protección del Estado de las fases de promoción, construcción, la venta al primer propietario y el uso como residencia habitual de la vivienda de protección oficial.

El usuario tiene la obligación de dedicarla a domicilio habitual y permanente.

La superficie máxima del piso será 90 metros cuadrados.

Pueden propietarias de este tipo de vivienda las personas físicas o jurídicas (empresas, cooperativas) pero sólo podrán considerarse usuarios las personas físicas como familias, parejas, etc.

Generalmente la renta anual que una familia puede tener para poder optar a una vivienda de protección oficial es de entre 9.000 y 33.000 euros.

Durante el régimen de protección oficial, que dura 20 años, el piso sólo se puede vender al precio tasado por la Administración.

Viviendas Sociales: requisitos que deben cumplir:

Protección del Estado de las fases de promoción, construcción, la venta al primer propietario y el uso como residencia habitual de la vivienda social.

-Destinadas a los sectores sociales con menores ingresos: que no superen 2,5 el salario mínimo interprofesional.

-Los precios de venta son inferiores a los establecidos en el régimen general de las viviendas de protección oficial.

-El solicitante tiene que haber vivido en el municipio donde se construye la vivienda como mínimo un año.

Además de estar a la venta, las VPO también se ponen en alquiler. En ese caso, la Administración fija la renta máxima que debe pagar el usuario, la que puede revisarse durante el período de construcción hasta el fin de la obra. La superficie de la vivienda no podrá superar los 90 metros cuadrados y para alquilarla hay que cumplir con estos requerimientos:

– Los ingresos familiares anuales no pueden superar los 33.000 euros.
No puede estar en posesión de otra vivienda.
Debe utilizar la casa como residencia habitual y permanente.
Está obligado a ocupar la vivienda en un plazo de un mes tras la entrega de las llaves.
Después de pasar 10 años de régimen de alquiler en la vivienda puede comprarla a precio de protección oficial

Para obtener información sobre el detalle de promotoras que construyen bajo estas condiciones en las distintas comunidades, pueden informarse en www.viviendas-vpo.com.


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4 responses to “Vivienda de Protección Oficial (VPO): una posibilidad de adquirir viviendas

  1. Asimismo de estar a la negociación, las VPO además se ponen en alquiler

  2. tengo una vpo y me gustaria saber si cuando pasen 20 años el piso deja de ser vpo y si pasa a ser mio oficialmente (me han comentado que no pasan de padres a hijos)me ha llegado una carta del gobierno vasco ofreciendome comprar la propiedad del suelo pero realmente no se para que sirve gracias

  3. QUISIERA SABER SI YO SIENDO VIUDA, Y TENIENDO A MI CARGO UN HIJO DE 27 AÑOS DISCAPACITADO PSIQUICAMENTE EN UN 66%, Y UN HIJO MENOR DE 13 AÑOS, PUEDO SOLICITAR UNA VPO, QUE REQUISITOS DEBERE CUMPLIMENTAR PARA ELLO. NECESITO UNA VIVIENDA URGENTE.
    GRACIAS.

  4. queria saber si puedo acceder a una vpo estando casada con dos niños ya que mi marido tiene una vivienda en propiedad. Vivienda de 2 habitaciones, en la que residimos actualmente.

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