Todos los usuarios de telefonía móvil e internet, buscamos a menudo ofertas que nos permitan abaratar un poco nuestras facturas. Aunque no siempre es fácil cambiarse, debido a permanencias y otros factores que nos lo impide. Las empresas de telefonía son las que más reclamaciones reciben. Sobretodo por falta de información y transparencia, publicidad fraudulenta, cláusulas abusivas, cobro de servicios no contratados o la complejidad para darte de baja entre otros.
Lo peor de todo es que a pesar de la Ley de Protección al consumidor, muchas de estas reclamaciones no se tramitan nunca. Y las compañías de teléfono siguen haciendo lo mismo. La mayoría de las empresas ofrecen contratos múltiples, que incluyen teléfono fijo, móvil, internet e incluso TV. Y estos contratos son mucho más cerrados si cabe.
Cambio de empresa
¿Quién no ha recibido más de una llamada de otra compañía de telefonía al día? Esto se debe a la liberalización de las telecomunicaciones, y a la fuerte competencia que hay en el mercado. La captación de clientes es el objetivo. Y muchas veces esto puedo rozar el fraude.
- Slamming, cambio de operadora mediante la apropiación indebida de datos. Evitar mostrar facturas y documentos con datos bancarios.
- Tener en cuenta todos los puntos que aparecen en el contrato de la promoción, y leerlo antes de contratar. Solicitar por escrito condiciones y tarifas. Muy útil ante futuras reclamaciones.
- Si se hace una contratación vía telefónica, se debe exigir el contrato por escrito y además puede ser anulado 7 días después de haberlo solicitado.
- A veces en las facturas hay reflejados unos servicios de información y comunicación que no se han solicitado. Estos suponen un coste superior al del servicio telefónico y necesitan el consentimiento del usuario. Y se puede exigir su anulación.
Todos los usuarios pueden darse de baja en cualquier momento, sólo se debe comunicar con dos días de antelación a la fecha de baja efectiva. Aunque es posible que haya alguna cláusula de penalización. Se puede solicitar la baja de la misma forma que se hizo la contratación, y además se debe pedir el contrato escrito.
En principio, no se puede penalizar por darse de baja, pero sí se puede exigir el pago de las ventajas que haya tenido por haberse comprometido a un período mínimo. Si la portabilidad no se realiza correctamente, el responsable es el nuevo operador y tiene que proporcionar a los usuarios el número de referencia de las reclamaciones.
Indemnizaciones
La ley contempla el derecho a indemnización por interrupción del servicio y la cantidad a percibir será siempre la mayor, o bien del promedio del importe facturado por los servicios afectados durante los últimos tres meses prorrateado por el tiempo que haya durado la avería, o bien cinco veces la cuota mensual de abono prorrateada por el tiempo de la interrupción.
Si la avería se debe a causas de fuerza mayor, el operador compensará automáticamente al abonado con la devolución del importe de la cuota de abono prorrateado por el tiempo que dure la interrupción. Los términos y condiciones de estas indemnizaciones deben aparecer en el contrato.
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