La Unión de Consumidores (UCE) señaló que el cobro adicional por facturación de maletas es «ilegal», advirtiéndoles a los usuarios e informando que denunciará a Iberia en el caso de que establezca dicha medida. La entidad ya ha recurrido a este tipo de denuncias, contra otras compañías aéreas, por prácticas similares.
UCE recordó que existen varias compañías ‘low cost’ que cuentan con expedientes abiertos por estas prácticas en la Agencia Catalana de Consumo.
Ante esto seguramente los usuales viajeros deberán informarse adecuadamente, en este post le recordaremos que: Establecer una tasa por facturación de equipaje independientemente del coste del billete es una contravención ante lo que está establecido en la artículo 97 de la Ley 48/1960 de Navegación Aérea. Dicho artículo señala que «el transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje, con los límites de peso y volumen que fijen los reglamentos».
Según la actual ley vigente, sólo el exceso «será objeto de estipulación especial», por lo que no se puede exigir un recargo, el cual ya está incluido en el precio del billete.
Si ocurre lo contrario y se les cobra un recargo, se les recomienda a los usuarios hacer la correspondiente denuncia.
Además existe la posibilidad de reclamar las cantidades que les han sido facturadas ilegalmente por medio de la vía judicial para aquellos casos en los que no superen los 900 euros, lo que no requiere de abogado ni procurador.