Uno de los momentos más felices de la vida es cuando se es padre o madre de un bebé. El nacimiento de un niño siempre es un gran motivo de alegría en una familia, puede llegar a superar depresiones u obstáculos de la vida que se presentan por ciertas situaciones. Sin embargo, una vez con la alegría en nuestros brazos, es importante llevar a cabo una serie de papeleos que en muchas ocasiones no llegan a estar del todo claros y, además, pueden saturar mucho a los padres del recién nacido.
En contra de lo que solemos pensar, los trámites y papeleos de inscripción del nacimiento de un bebé son muy sencillos. En primer lugar debe saberse que todo nacimiento debe inscribirse en el Registro Civil de la ciudad donde se habite. Será en éste donde se expedirá el certificado de nacimiento del nuevo miembro de la familia, mediante el cual se da fe del propio nacimiento, lugar, fecha y hora en que el tan deseado bebé llegó al mundo, así como los datos filiatorios del recién nacido.
Una vez sabido esto, ahora se debe conocer que tipos de certificados de nacimiento se pueden expedir. En primer lugar, se encuentra el certificado de nacimiento positivo, el cual presenta a modo de resumen todos los datos esenciales del niño. Este certificado puede ser ordinario, el cual es expedido en aquellas Comunidades Autónomas donde el castellano sea la lengua oficial; bilingüe, aquel expedido en las comunidades donde el castellano sea lengua co-oficial; Internacional, el expedido por los países adheridos al convenio de Viena del 8 de septiembre y el literal, que es el modelo más común.
Por otro lado, se encuentra el certificado de nacimiento negativo. Éste es el que acredite que el recién nacido o cualquier otra persona no se encuentra inscrita en el Registro Civil. Por último, se encuentra el certificado con sello electrónico, el cual solo sirve para aquellos registrados a partir del 1 de enero de 1950 y tan solo puede revisarse en la base de datos del registro.
Para inscribir al bebé en la ciudad en la que resida, es importante llevar consigo libro de familia, informe médico de maternidad, boletín estadístico, sentencia de separación o divorcio en caso de que uno de los padres provenga de un matrimnio anterior al actual y DNI del padre o de la madre. La expedición del certificado de nacimiento literal será altamente necesario cuando exista la intención de solicitar el DNI del bebé en los próximos días o meses.
Tras la inscripción correspondiente en el Registro Civil, se deberá pedir una baja por maternaidad en el médico de cabecera, para lo cual será importante llevar DNI de la madre, así como informe de alta hospitalaria. Por último, con esta baja por maternidad facilitada por el médico, el DNI y el libro de familia, habrá que pedir un permiso de maternidad y/o paternidad. Éste último trámite no será necesario si el padre o la madre trabajan como autónomos.
Así pues, se puede comprobar que los trámites y papeleos correspondientes al nacimiento de un niño no son tan complicados como muchos cuentan o puede parecer desde fuera, solo hay que llevar las cosas con calma y siempre disfrutando de la presencia de un nuevo miembro de la familia.